Tarifa plana de autónomos 2026: 80 € al mes, requisitos, prórroga y cuánto ahorras

Tarifa plana de autónomos 2026: 80 € al mes durante 12 meses, ampliables a 24 si ganas menos del SMI (17.094 €). Requisitos, prórroga, cuota cero y cuota posterior.

Publicado el 6 de octubre de 2026

Si te das de alta como autónomo por primera vez (o llevas tiempo sin serlo), en 2026 puedes pagar una cuota reducida de 80 € al mes durante los 12 primeros meses, en lugar de la cuota ordinaria de tu tramo de ingresos, que va de 205,88 € a 607,35 €. Es la llamada tarifa plana, regulada en el artículo 38 ter de la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo (redacción del RDL 13/2022). Te explicamos quién puede pedirla, cómo se prorroga, cuánto ahorras y qué cuota pagarás cuando se acabe.

Cuánto se paga y cuánto dura

Durante los 12 primeros meses de alta pagas 80 € al mes, pase lo que pase con tus ingresos. No importa si facturas 500 € o 5.000 € al mes: la cuota de ese primer año es fija y no se regulariza después.

Al terminar ese periodo puedes prorrogarla otros 12 meses, también a 80 €, si los rendimientos netos del primer año han sido inferiores al salario mínimo interprofesional anual, que en 2026 es de 17.094 € (unos 1.424,50 € al mes). La prórroga no es automática: tienes que solicitarla en Importass antes de que termine el primer periodo de 12 meses. Si se te pasa el plazo, pasas directamente a la cuota ordinaria.

SituaciónPeriodo inicialPrórroga (si rendimientos < SMI)
Caso general12 meses a 80 €12 meses más a 80 €
Discapacidad ≥ 33 %, víctimas de violencia de género o de terrorismo24 meses a 80 €36 meses más a 160 €

Los rendimientos netos son tus ingresos menos los gastos deducibles de la actividad, con la deducción adicional por gastos genéricos (7 % en general, 3 % para autónomos societarios). Es la misma cifra que sirve para calcular tu tramo de cotización.

Requisitos para acceder a la tarifa plana

Desde 2023 la tarifa plana es compatible con los autónomos societarios (administradores o socios de una SL con control efectivo), algo que antes estaba vetado en la práctica.

La tarifa plana se solicita en el mismo momento del alta a través de Importass, el portal de la Tesorería General de la Seguridad Social. En el formulario de alta hay una casilla específica para pedir la reducción; si no la marcas, pagarás la cuota de tu tramo desde el primer día. Si vas a darte de alta próximamente, repasa antes los pasos en la guía cómo darse de alta como autónomo.

Cuota cero: las bonificaciones autonómicas

Varias comunidades autónomas añaden una ayuda propia que devuelve los 80 € mensuales de la tarifa plana estatal, de modo que el autónomo acaba pagando cuota cero durante el primer año (y en algunos casos también durante la prórroga). Existe o ha existido en Madrid, Andalucía, Murcia, Baleares, Castilla-La Mancha, Galicia, Extremadura, La Rioja y Canarias, entre otras.

Cada comunidad fija sus propias condiciones, plazos y presupuesto, y las convocatorias cambian cada año. Antes de contar con ella, comprueba la convocatoria vigente en la web de tu comunidad y guarda los justificantes de pago de las cuotas, porque normalmente se abona a posteriori contra esos recibos.

Cuánto ahorras el primer año: tres ejemplos

El ahorro depende de la cuota que te tocaría pagar según tu tramo. Con 12 meses a 80 € pagas 960 € en total; compáralo con lo que pagarías con la cuota ordinaria de 2026:

Rendimiento neto mensualCuota ordinariaCuota ordinaria × 12Tarifa plana × 12Ahorro primer año
1.000 €267,65 €3.211,80 €960 €2.251,80 €
1.800 €360,29 €4.323,48 €960 €3.363,48 €
3.000 €452,94 €5.435,28 €960 €4.475,28 €

En el primer caso, con unos rendimientos anuales de 12.000 € (por debajo del SMI), además podrías pedir la prórroga y repetir el ahorro de 2.251,80 € en el segundo año: 4.503,60 € en dos años. En los otros dos casos, los rendimientos superan los 17.094 € anuales, así que al cumplir los 12 meses pasarías a la cuota de tu tramo. Calcula tu cuota exacta con la calculadora de cuota de autónomos.

Qué pasa al terminar la tarifa plana

Cuando acaba el periodo bonificado (12 o 24 meses), pasas al sistema de cotización por ingresos reales: eliges una base de cotización dentro del tramo que corresponda a tu previsión de rendimientos netos y pagas la cuota de ese tramo. Puedes cambiar de tramo hasta seis veces al año. Estas son las cuotas mínimas mensuales de 2026 (Orden PJC/297/2026):

Rendimiento neto mensualCuota mensual 2026Rendimiento neto mensualCuota mensual 2026
Hasta 670 €205,88 €De 2.030 a 2.330 €401,47 €
De 670 a 900 €226,47 €De 2.330 a 2.760 €427,21 €
De 900 a 1.166,70 €267,65 €De 2.760 a 3.190 €452,94 €
De 1.166,70 a 1.300 €299,56 €De 3.190 a 3.620 €478,68 €
De 1.300 a 1.500 €302,65 €De 3.620 a 4.050 €504,41 €
De 1.500 a 1.700 €302,65 €De 4.050 a 6.000 €545,59 €
De 1.700 a 1.850 €360,29 €Más de 6.000 €607,35 €
De 1.850 a 2.030 €380,88 €

Al año siguiente, la Seguridad Social cruza tus rendimientos reales con Hacienda y regulariza: si cotizaste por un tramo inferior al que te correspondía, te reclama la diferencia; si cotizaste de más, te la devuelve.

La regularización y la tarifa plana

Aquí hay una duda muy habitual. Los meses en tarifa plana quedan fuera de la regularización: aunque durante el primer año tus rendimientos hayan sido altos, no tendrás que devolver la diferencia entre los 80 € y la cuota de tu tramo. Lo único que ocurre si superas el SMI es que pierdes el derecho a la prórroga del segundo año. Y si ya estabas en la prórroga y en ese segundo año superas el SMI, la Seguridad Social te reclamará la diferencia solo de ese segundo periodo, no del primero.

Que la cuota sea fija no significa que Hacienda se olvide de ti: desde el primer trimestre tienes que presentar el modelo 303 de IVA y, salvo que tus facturas lleven retención en más del 70 % de tus ingresos, el modelo 130 de pagos fraccionados de IRPF. Consulta la guía del IRPF de autónomos y el modelo 130 y usa la calculadora de IVA para preparar tus facturas.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la tarifa plana si ya fui autónomo hace años?

Sí, siempre que hayan pasado al menos 2 años desde tu última baja en el RETA, o 3 años si en aquella alta ya disfrutaste de la tarifa plana. Se cuentan desde la fecha efectiva de baja hasta la fecha de la nueva alta.

¿Tengo que pedir la prórroga o se aplica sola?

Tienes que pedirla tú, en Importass, antes de que terminen los 12 primeros meses. Deberás declarar que prevés unos rendimientos netos anuales inferiores al SMI (17.094 € en 2026). Si no la solicitas a tiempo, pasas a la cuota ordinaria aunque cumplieras el requisito.

¿Los 80 € incluyen todas las coberturas?

Sí. La cuota reducida cubre contingencias comunes y profesionales, cese de actividad y formación, igual que una cuota ordinaria. La diferencia es que cotizas por la base mínima, lo que reduce prestaciones como la baja por incapacidad temporal.

¿Es compatible con trabajar por cuenta ajena a la vez?

Sí. Puedes estar en el régimen general y en el RETA a la vez (pluriactividad) y pedir la tarifa plana en el alta de autónomo, pero no combinarla con la bonificación específica por pluriactividad: tienes que elegir una.

¿Si me doy de baja antes de los 12 meses pierdo algo?

No devuelves nada por los meses disfrutados. Pero para volver a disfrutar de la tarifa plana en un alta posterior tendrás que esperar 3 años desde la baja.