Renting o compra de coche para autónomos y empresas: cuál sale más barato en 2026

Compara el coste neto de un coche en renting frente a comprarlo: IVA deducible, ahorro en IRPF o Sociedades, intereses y reventa. Para autónomos, empresas y particulares

Datos de 2026 · Revisado el 7 de octubre de 2026

Ejemplos rápidos:
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Opción más barata

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Coste neto total de comprar en — años

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Coste neto total del renting en — años

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Coste mensual equivalente comprando

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Coste mensual equivalente en renting

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Coste por kilómetro de la opción más barata

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De qué se compone el coste de cada opción: lo que pagas de verdad, el IVA que recuperas y lo que te ahorras en IRPF o Sociedades

Qué incluye una cuota de renting

El renting es un alquiler a largo plazo, normalmente de 2 a 5 años, con un kilometraje pactado. En la cuota mensual van incluidos el uso del vehículo, el seguro a todo riesgo, el mantenimiento (revisiones, neumáticos, averías), el impuesto de circulación, la ITV y, en muchos contratos, un vehículo de sustitución. Al terminar devuelves el coche. No incluye el combustible, los peajes, las multas ni los kilómetros que excedan los contratados.

Por eso la comparación justa no es "cuota de renting frente a cuota del préstamo", sino cuota de renting frente a todo lo que cuesta ser propietario: precio, intereses, seguro, mantenimiento e impuestos, restando lo que recuperarás al vender el coche. Puedes desglosar esa parte con la calculadora del coste real de un coche.

Ventajas e inconvenientes de cada opción

Fiscalidad del coche para autónomos y empresas

IVA. El artículo 95 de la Ley del IVA presume que un turismo está afecto a la actividad al 50 %, así que tanto en la compra como en cada cuota de renting deduces la mitad del IVA. Deducir el 100 % exige demostrar afectación exclusiva, algo que Hacienda admite sin discusión en vehículos industriales, furgonetas, taxis o coches de autoescuela. Un particular no deduce nada.

IRPF e Impuesto de Sociedades. Un autónomo en estimación directa solo deduce el gasto del coche en la parte afecta a la actividad; para un turismo de uso mixto la calculadora aplica el 50 %, al tipo marginal que elijas. Una sociedad deduce el 100 % del gasto en Sociedades, al 23 % para pymes (25 % general), siempre que el coche esté afecto. Puedes ver cuánto supone en tu cuota con la calculadora del Impuesto de Sociedades.

En el renting, la cuota (sin el IVA recuperado) es un gasto corriente del ejercicio. En la compra, el precio no se deduce de golpe: se amortiza, con un máximo del 16 % anual según las tablas del Impuesto de Sociedades, más los intereses y los gastos anuales. Cuando vendes, la diferencia entre lo cobrado y el valor contable pendiente tributa como ganancia o se deduce como pérdida, así que lo que acabas deduciendo es el coste neto (precio sin IVA deducible menos reventa). Es lo que hace la calculadora.

Aviso para empresas: si el coche lo usa un empleado o administrador también en su vida privada, esa parte es retribución en especie y tributa en su IRPF (en general, el 20 % anual del valor del vehículo nuevo, con reducciones de hasta el 30 % para eléctricos e híbridos enchufables).

Cuándo compensa cada opción

El renting gana cuando quieres cambiar de coche cada 3 o 4 años, haces un kilometraje previsible, no quieres inmovilizar capital y prefieres un gasto limpio y deducible. Es especialmente atractivo para empresas, que deducen toda la cuota, y en coches de gama alta, eléctricos y vehículos comerciales, donde las empresas de renting consiguen descuentos de flota.

La compra gana cuando piensas mantener el coche más de 5 o 6 años, haces muchos kilómetros o un uso irregular, tienes liquidez o financiación barata, o compras de segunda mano, donde la depreciación ya la ha pagado otro. Para un particular, que no deduce nada, la compra suele imponerse salvo que la cuota de renting sea muy ajustada.

Prueba a mover el valor de reventa: es la cifra más incierta y la que más cambia el resultado. Un coche que a los 4 años vale el 45 % del precio no es lo mismo que uno que se queda en el 35 %.

Preguntas frecuentes

¿Puedo deducir el 100 % del IVA del renting de un coche?

Solo si acreditas que el vehículo se usa exclusivamente para la actividad. Para turismos la presunción legal es del 50 % y Hacienda exige pruebas sólidas (rotulación, parte de trabajo, otro coche particular en casa) para aceptar más. En furgonetas, vehículos industriales, taxis o coches de autoescuela la afectación del 100 % se presume.

¿La cuota de renting se deduce entera en el IRPF del autónomo?

Depende de la afectación del coche a la actividad. Si el vehículo es imprescindible y exclusivo (agente comercial, transportista, reparto), sí. Si es un turismo de uso mixto, el criterio administrativo es restrictivo y lo prudente es deducir la parte afecta, que es lo que hace la calculadora con el 50 %. Consulta con tu asesor tu caso concreto.

¿Qué diferencia hay entre renting y leasing?

El leasing es un arrendamiento financiero con opción de compra al final: el bien se contabiliza como activo, se amortiza (con amortización acelerada para pymes) y suele exigir un plazo mínimo de 2 años. El renting es un alquiler de servicios con todo incluido y sin opción de compra garantizada. El leasing encaja cuando quieres quedarte el vehículo; el renting, cuando quieres renovarlo.

¿Qué pasa si me paso de kilómetros o quiero cancelar el renting antes?

Los kilómetros de más se cobran al precio por kilómetro pactado en el contrato, normalmente entre 0,05 y 0,15 €. Cancelar antes de tiempo conlleva una penalización que suele ser un porcentaje de las cuotas pendientes. Por eso conviene ajustar bien el kilometraje al contratar y, si no estás seguro, elegir un plazo más corto.

Fuentes: Ley 37/1992 del IVA, artículo 95 (deducción del IVA de vehículos); Ley 35/2006 del IRPF (rendimientos de actividades económicas y retribuciones en especie); Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades y su reglamento (tablas de amortización, 16 % anual máximo para elementos de transporte); Agencia Tributaria (manuales de IVA e IRPF). Las cifras son estimaciones orientativas y no sustituyen el asesoramiento fiscal.

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Cómo se calcula y fuentes

Compra: precio + intereses de la financiación + seguro, mantenimiento e impuesto durante los años de uso − valor de reventa. Renting: cuota × meses. A ambos se les resta el IVA deducible (50 % salvo afectación exclusiva) y el ahorro en IRPF o Sociedades según el perfil.

Fuentes oficiales consultadas:

Cifras revisadas el 7 de octubre de 2026. Si detectas un dato desactualizado, escríbenos y lo corregimos. Consulta nuestra metodología.