Impuesto de Sucesiones en la Comunidad de Madrid 2026: cuánto se paga por heredar

Calcula el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad de Madrid en 2026 para cónyuge, hijos y padres: bonificación del 99 % para hijos y cónyuge. Reducciones, bonificación y cuota a pagar con ejemplos.

Datos de 2026 · Revisado el 6 de octubre de 2026

Ejemplos rápidos:

Pulsa la comunidad donde vivía el fallecido

Castilla y LeónCataluñaRegión de MurciaLa RiojaIslas BalearesCanariasCantabriaAndalucíaAsturiasComunidad ValencianaNavarraGaliciaAragónComunidad de MadridExtremaduraCastilla-La ManchaPaís Vasco
€
años

Impuesto de Sucesiones a pagar

—

Reducción por parentesco

—

Base liquidable

—

Cuota antes de bonificar

—

Bonificación autonómica

—

Tipo efectivo sobre lo heredado

—

Lo que pagarías por esta misma herencia en cada comunidad

Cómo funciona el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad de Madrid

Madrid fue la primera comunidad en dejar casi sin efecto el impuesto: bonificación del 99 % de la cuota para cónyuge, descendientes y ascendientes desde 2007, sin límite. Desde 2023 los hermanos, tíos y sobrinos tienen una bonificación del 25 %. Heredar 300.000 € de un padre cuesta menos de 500 €.

Compara con el resto de comunidades en la calculadora general con el mapa de España.

Cómo se calcula el Impuesto de Sucesiones

El cálculo tiene siempre los mismos pasos, y en cada uno la comunidad autónoma puede mejorar la norma estatal:

  1. Base imponible: el valor de lo que hereda cada persona (bienes menos deudas y gastos de entierro). Los inmuebles se valoran por el valor de referencia del Catastro.
  2. Reducciones: se resta una cantidad según el parentesco. La estatal es de 15.956,87 € para cónyuge, hijos mayores de 21 y padres (grupo II), y para los menores de 21 (grupo I) sube 3.990,72 € por cada año que les falte hasta 47.858,59 €. Andalucía, Galicia, Asturias o el País Vasco la elevan a 300.000, 400.000 o 1.000.000 €. Hay reducciones adicionales por vivienda habitual (95 % en la norma estatal hasta 122.606 €), empresa familiar, discapacidad y seguros de vida.
  3. Cuota íntegra: a la base liquidable se le aplica la tarifa progresiva, que en la estatal va del 7,65 % al 34 % (Cataluña, Galicia, Navarra y el País Vasco tienen tarifas propias), y se multiplica por un coeficiente según el parentesco y el patrimonio previo del heredero (1 para grupos I y II con menos de 402.678 €).
  4. Bonificación: la mayoría de comunidades descuentan entre el 99 % y el 100 % de la cuota resultante para cónyuge, hijos y padres. Cataluña y Castilla-La Mancha aplican porcentajes decrecientes según lo heredado; Asturias, Galicia, Navarra y el País Vasco no bonifican pero compensan con grandes reducciones o tarifas bajas.
La calculadora cubre herencias entre cónyuges, hijos, nietos y padres (grupos I y II), que son más del 90 % de los casos, con coeficiente multiplicador 1 y sin las reducciones por vivienda habitual o empresa, que pueden bajar mucho más la factura. Para hermanos, sobrinos y tíos (grupo III) la reducción estatal es de 7.993,46 €, el coeficiente 1,5882 y pocas comunidades bonifican (Canarias, Murcia, Extremadura y Asturias al 99 %; Baleares al 50 %; Madrid y Cantabria en parte). Confirma la cifra con un gestor antes de aceptar la herencia.

Lo que conviene saber en la Comunidad de Madrid

Madrid es la referencia que usan todas las demás comunidades: desde 2007 bonifica el 99 % de la cuota para cónyuge, hijos y padres sin límite, y la medida se ha mantenido con todos los gobiernos desde entonces. Es la razón por la que las herencias madrileñas de pisos en el centro, con valores de referencia altos, pagan cantidades que parecen irrisorias en comparación con el valor heredado: un piso de 600.000 € heredado por un hijo cuesta unos 1.400 € de impuesto. El punto débil madrileño es el grupo III: hermanos, tíos y sobrinos solo tienen una bonificación del 25 % desde 2023, así que heredar 200.000 € de un tío cuesta más de 25.000 €. Y, como en toda España, lo que cuenta es la residencia del fallecido: el heredero puede vivir en cualquier otro sitio.

Ejemplos calculados en la Comunidad de Madrid

CasoReducciónCuotaBonificaciónA pagarSobre lo heredado
Hijo hereda 100.000 €15.957 €9.838 €99 %98 €0,1 %
Hijo hereda 200.000 €15.957 €28.250 €99 %283 €0,14 %
Hijo hereda 300.000 €15.957 €51.398 €99 %514 €0,17 %
Hijo hereda 600.000 €15.957 €135.772 €99 %1.358 €0,23 %
Cónyuge hereda 300.000 €15.957 €51.398 €99 %514 €0,17 %
Hijo de 15 años hereda 300.000 €39.901 €45.292 €99 %453 €0,15 %

Cálculos con la normativa de 2026, coeficiente multiplicador 1 y sin reducción por vivienda habitual ni empresa familiar. En Asturias, Galicia, Navarra y País Vasco se aplica su tarifa propia; en el resto, la estatal.

Madrid frente a las comunidades cercanas

ComunidadHijo, 150.000 €Hijo, 300.000 €Hijo, 1.000.000 €Cónyuge, 300.000 €
Madrid183 €514 €2.627 €514 €
Castilla-La Mancha0 €7.710 €52.539 €7.710 €
Castilla y León183 €514 €2.627 €514 €
Cataluña1.400 €10.350 €120.250 €230 €
Andalucía0 €0 €0 €0 €

Preguntas frecuentes sobre el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad de Madrid

Vivo en Barcelona y heredo de mi padre, que vivía en Madrid. ¿Qué normativa se aplica?

La de Madrid, porque lo que cuenta es la comunidad donde el fallecido residió más tiempo en los cinco años anteriores. Tendrás la bonificación del 99 % aunque vivas en Cataluña.

¿Cuánto paga un sobrino que hereda en Madrid?

El grupo III tiene una bonificación del 25 % desde 2023. Con la reducción estatal de 7.993,46 € y el coeficiente 1,5882, heredar 100.000 € de un tío cuesta unos 13.000 €.

¿Se aplica la bonificación del 99 % de Madrid a las donaciones?

Sí, para donaciones a cónyuge, hijos y padres formalizadas en escritura pública y, si es dinero, con justificación del origen. Quien dona un inmueble sí paga la ganancia en su IRPF.

Plazos y cómo se paga

Hay seis meses desde el fallecimiento para presentar el impuesto (modelo 650), prorrogables otros seis si se pide en los cinco primeros meses. Se liquida en la comunidad donde el fallecido tuvo su residencia habitual más tiempo durante los cinco años anteriores, aunque los herederos vivan en otra o los bienes estén en otra. Si hay inmuebles, además se paga la plusvalía municipal al ayuntamiento. El impuesto se puede aplazar o fraccionar, y si no hay liquidez se puede pagar con bienes de la propia herencia en algunas comunidades.

Cómo se calcula y fuentes

Base imponible menos las reducciones por parentesco de cada comunidad, aplicación de la tarifa estatal y de los coeficientes multiplicadores, y bonificaciones autonómicas en cuota para los grupos I y II.

Fuentes oficiales consultadas:

Cifras revisadas el 6 de octubre de 2026. Si detectas un dato desactualizado, escríbenos y lo corregimos. Consulta nuestra metodología.