Impuesto de Sucesiones en Extremadura 2026: cuánto se paga por heredar

Calcula el Impuesto de Sucesiones en Extremadura en 2026 para cónyuge, hijos y padres: bonificación del 99 % (también para hermanos y sobrinos). Reducciones, bonificación y cuota a pagar con ejemplos.

Datos de 2026 · Revisado el 6 de octubre de 2026

Ejemplos rápidos:

Pulsa la comunidad donde vivía el fallecido

Castilla y LeónCataluñaRegión de MurciaLa RiojaIslas BalearesCanariasCantabriaAndalucíaAsturiasComunidad ValencianaNavarraGaliciaAragónComunidad de MadridExtremaduraCastilla-La ManchaPaís Vasco
€
años

Impuesto de Sucesiones a pagar

—

Reducción por parentesco

—

Base liquidable

—

Cuota antes de bonificar

—

Bonificación autonómica

—

Tipo efectivo sobre lo heredado

—

Lo que pagarías por esta misma herencia en cada comunidad

Cómo funciona el Impuesto de Sucesiones en Extremadura

Extremadura aplica una bonificación del 99 % de la cuota para cónyuge, descendientes y ascendientes, y desde 2024 la extiende también a hermanos, sobrinos y tíos (grupo III), una de las pocas comunidades que lo hace. Además hay una reducción para vivienda habitual de hasta 122.606 €.

Compara con el resto de comunidades en la calculadora general con el mapa de España.

Cómo se calcula el Impuesto de Sucesiones

El cálculo tiene siempre los mismos pasos, y en cada uno la comunidad autónoma puede mejorar la norma estatal:

  1. Base imponible: el valor de lo que hereda cada persona (bienes menos deudas y gastos de entierro). Los inmuebles se valoran por el valor de referencia del Catastro.
  2. Reducciones: se resta una cantidad según el parentesco. La estatal es de 15.956,87 € para cónyuge, hijos mayores de 21 y padres (grupo II), y para los menores de 21 (grupo I) sube 3.990,72 € por cada año que les falte hasta 47.858,59 €. Andalucía, Galicia, Asturias o el País Vasco la elevan a 300.000, 400.000 o 1.000.000 €. Hay reducciones adicionales por vivienda habitual (95 % en la norma estatal hasta 122.606 €), empresa familiar, discapacidad y seguros de vida.
  3. Cuota íntegra: a la base liquidable se le aplica la tarifa progresiva, que en la estatal va del 7,65 % al 34 % (Cataluña, Galicia, Navarra y el País Vasco tienen tarifas propias), y se multiplica por un coeficiente según el parentesco y el patrimonio previo del heredero (1 para grupos I y II con menos de 402.678 €).
  4. Bonificación: la mayoría de comunidades descuentan entre el 99 % y el 100 % de la cuota resultante para cónyuge, hijos y padres. Cataluña y Castilla-La Mancha aplican porcentajes decrecientes según lo heredado; Asturias, Galicia, Navarra y el País Vasco no bonifican pero compensan con grandes reducciones o tarifas bajas.
La calculadora cubre herencias entre cónyuges, hijos, nietos y padres (grupos I y II), que son más del 90 % de los casos, con coeficiente multiplicador 1 y sin las reducciones por vivienda habitual o empresa, que pueden bajar mucho más la factura. Para hermanos, sobrinos y tíos (grupo III) la reducción estatal es de 7.993,46 €, el coeficiente 1,5882 y pocas comunidades bonifican (Canarias, Murcia, Extremadura y Asturias al 99 %; Baleares al 50 %; Madrid y Cantabria en parte). Confirma la cifra con un gestor antes de aceptar la herencia.

Lo que conviene saber en Extremadura

Extremadura tuvo hasta 2018 una reducción del 100 % de la base limitada a 175.000 € y condicionada al patrimonio del heredero, lo que dejaba sin beneficio a muchas herencias de fincas en Badajoz o Cáceres. Desde entonces aplica la bonificación del 99 % sin límite y en 2024 la extendió a hermanos, sobrinos y tíos, una decisión poco habitual que la convierte en una de las comunidades más baratas para heredar fuera de la línea directa. Al ser una región con mucho patrimonio rústico, conviene revisar el valor de referencia del Catastro de las fincas, que desde 2022 es la base mínima del impuesto y a veces supera lo que se pagaría en el mercado.

Ejemplos calculados en Extremadura

CasoReducciónCuotaBonificaciónA pagarSobre lo heredado
Hijo hereda 100.000 €15.957 €9.838 €99 %98 €0,1 %
Hijo hereda 200.000 €15.957 €28.250 €99 %283 €0,14 %
Hijo hereda 300.000 €15.957 €51.398 €99 %514 €0,17 %
Hijo hereda 600.000 €15.957 €135.772 €99 %1.358 €0,23 %
Cónyuge hereda 300.000 €15.957 €51.398 €99 %514 €0,17 %
Hijo de 15 años hereda 300.000 €39.901 €45.292 €99 %453 €0,15 %

Cálculos con la normativa de 2026, coeficiente multiplicador 1 y sin reducción por vivienda habitual ni empresa familiar. En Asturias, Galicia, Navarra y País Vasco se aplica su tarifa propia; en el resto, la estatal.

Extremadura frente a las comunidades cercanas

ComunidadHijo, 150.000 €Hijo, 300.000 €Hijo, 1.000.000 €Cónyuge, 300.000 €
Extremadura183 €514 €2.627 €514 €
Andalucía0 €0 €0 €0 €
Castilla-La Mancha0 €7.710 €52.539 €7.710 €
Castilla y León183 €514 €2.627 €514 €
Madrid183 €514 €2.627 €514 €

Preguntas frecuentes sobre el Impuesto de Sucesiones en Extremadura

¿Hermanos y sobrinos tienen bonificación en Extremadura?

Sí, el 99 % desde 2024, una de las pocas comunidades que lo hace. Con la reducción estatal de 7.993,46 € y el coeficiente 1,5882, heredar 100.000 € de un hermano cuesta unos 170 €.

¿Qué valor se declara por una finca rústica heredada en Extremadura?

Como mínimo, el valor de referencia del Catastro si existe; si no, el valor de mercado. Se puede declarar un valor superior, pero no inferior al de referencia sin que Hacienda lo corrija.

¿Hay que presentar el modelo 650 en Extremadura aunque la cuota sea casi cero?

Sí, en los seis meses siguientes al fallecimiento, ante la Junta de Extremadura. La bonificación del 99 % se aplica en esa autoliquidación.

Plazos y cómo se paga

Hay seis meses desde el fallecimiento para presentar el impuesto (modelo 650), prorrogables otros seis si se pide en los cinco primeros meses. Se liquida en la comunidad donde el fallecido tuvo su residencia habitual más tiempo durante los cinco años anteriores, aunque los herederos vivan en otra o los bienes estén en otra. Si hay inmuebles, además se paga la plusvalía municipal al ayuntamiento. El impuesto se puede aplazar o fraccionar, y si no hay liquidez se puede pagar con bienes de la propia herencia en algunas comunidades.

Cómo se calcula y fuentes

Base imponible menos las reducciones por parentesco de cada comunidad, aplicación de la tarifa estatal y de los coeficientes multiplicadores, y bonificaciones autonómicas en cuota para los grupos I y II.

Fuentes oficiales consultadas:

Cifras revisadas el 6 de octubre de 2026. Si detectas un dato desactualizado, escríbenos y lo corregimos. Consulta nuestra metodología.