Impuesto de Sucesiones en Asturias 2026: cuánto se paga por heredar

Calcula el Impuesto de Sucesiones en Asturias en 2026 para cónyuge, hijos y padres: exento hasta 300.000 € por heredero; por encima, tarifa progresiva sin bonificación. Reducciones, bonificación y cuota a pagar con ejemplos.

Datos de 2026 · Revisado el 6 de octubre de 2026

Ejemplos rápidos:

Pulsa la comunidad donde vivía el fallecido

Castilla y LeónCataluñaRegión de MurciaLa RiojaIslas BalearesCanariasCantabriaAndalucíaAsturiasComunidad ValencianaNavarraGaliciaAragónComunidad de MadridExtremaduraCastilla-La ManchaPaís Vasco
€
años

Impuesto de Sucesiones a pagar

—

Reducción por parentesco

—

Base liquidable

—

Cuota antes de bonificar

—

Bonificación autonómica

—

Tipo efectivo sobre lo heredado

—

Lo que pagarías por esta misma herencia en cada comunidad

Cómo funciona el Impuesto de Sucesiones en Asturias

Asturias no bonifica la cuota, sino que aplica una reducción de 300.000 € por heredero para cónyuge, hijos y padres (grupos I y II): hasta esa cifra no se paga nada. Por encima se tributa por la tarifa progresiva (la autonómica va del 21,25 % al 36,5 %, algo más alta que la estatal que usa la calculadora como aproximación), por lo que las herencias grandes pagan bastante más que en Madrid o Andalucía. La vivienda habitual tiene una reducción adicional del 95 % al 99 % según su valor.

Compara con el resto de comunidades en la calculadora general con el mapa de España.

Cómo se calcula el Impuesto de Sucesiones

El cálculo tiene siempre los mismos pasos, y en cada uno la comunidad autónoma puede mejorar la norma estatal:

  1. Base imponible: el valor de lo que hereda cada persona (bienes menos deudas y gastos de entierro). Los inmuebles se valoran por el valor de referencia del Catastro.
  2. Reducciones: se resta una cantidad según el parentesco. La estatal es de 15.956,87 € para cónyuge, hijos mayores de 21 y padres (grupo II), y para los menores de 21 (grupo I) sube 3.990,72 € por cada año que les falte hasta 47.858,59 €. Andalucía, Galicia, Asturias o el País Vasco la elevan a 300.000, 400.000 o 1.000.000 €. Hay reducciones adicionales por vivienda habitual (95 % en la norma estatal hasta 122.606 €), empresa familiar, discapacidad y seguros de vida.
  3. Cuota íntegra: a la base liquidable se le aplica la tarifa progresiva, que en la estatal va del 7,65 % al 34 % (Cataluña, Galicia, Navarra y el País Vasco tienen tarifas propias), y se multiplica por un coeficiente según el parentesco y el patrimonio previo del heredero (1 para grupos I y II con menos de 402.678 €).
  4. Bonificación: la mayoría de comunidades descuentan entre el 99 % y el 100 % de la cuota resultante para cónyuge, hijos y padres. Cataluña y Castilla-La Mancha aplican porcentajes decrecientes según lo heredado; Asturias, Galicia, Navarra y el País Vasco no bonifican pero compensan con grandes reducciones o tarifas bajas.
La calculadora cubre herencias entre cónyuges, hijos, nietos y padres (grupos I y II), que son más del 90 % de los casos, con coeficiente multiplicador 1 y sin las reducciones por vivienda habitual o empresa, que pueden bajar mucho más la factura. Para hermanos, sobrinos y tíos (grupo III) la reducción estatal es de 7.993,46 €, el coeficiente 1,5882 y pocas comunidades bonifican (Canarias, Murcia, Extremadura y Asturias al 99 %; Baleares al 50 %; Madrid y Cantabria en parte). Confirma la cifra con un gestor antes de aceptar la herencia.

Lo que conviene saber en Asturias

Asturias es la excepción del noroeste: Galicia, Cantabria y Castilla y León han vaciado el impuesto para padres e hijos, pero el Principado mantiene una tarifa propia dura y compensa con una reducción de 300.000 € por heredero. Eso crea un escalón enorme: una herencia de 280.000 € por hijo no paga nada, y una de 600.000 € por hijo paga decenas de miles de euros. Por eso en Asturias la planificación cuenta más que en ninguna otra comunidad: repartir la herencia entre más herederos (incluir a los nietos, por ejemplo), usar la reducción del 95 % al 99 % de la vivienda habitual o hacer donaciones en vida con las bonificaciones asturianas puede cambiar la factura por completo. La calculadora usa la tarifa estatal como aproximación; la asturiana es algo más alta por encima de 300.000 €, así que la cifra real puede superar la mostrada.

Ejemplos calculados en Asturias

CasoReducciónCuotaBonificaciónA pagarSobre lo heredado
Hijo hereda 100.000 €100.000 €0 €—0 €0 %
Hijo hereda 200.000 €200.000 €0 €—0 €0 %
Hijo hereda 300.000 €300.000 €0 €—0 €0 %
Hijo hereda 600.000 €300.000 €55.467 €—55.467 €9,24 %
Cónyuge hereda 300.000 €300.000 €0 €—0 €0 %
Hijo de 15 años hereda 300.000 €300.000 €0 €—0 €0 %

Cálculos con la normativa de 2026, coeficiente multiplicador 1 y sin reducción por vivienda habitual ni empresa familiar. En Asturias, Galicia, Navarra y País Vasco se aplica su tarifa propia; en el resto, la estatal.

Asturias frente a las comunidades cercanas

ComunidadHijo, 150.000 €Hijo, 300.000 €Hijo, 1.000.000 €Cónyuge, 300.000 €
Asturias0 €0 €170.269 €0 €
Galicia0 €0 €0 €0 €
Cantabria0 €0 €0 €0 €
Castilla y León183 €514 €2.627 €514 €
Madrid183 €514 €2.627 €514 €

Preguntas frecuentes sobre el Impuesto de Sucesiones en Asturias

¿Por qué en Asturias se paga tanto si heredo más de 300.000 €?

Porque Asturias no bonifica la cuota: aplica una reducción de 300.000 € por heredero y, sobre lo que supera esa cifra, una tarifa progresiva que llega al 36,5 %. Las herencias medianas no pagan nada; las grandes pagan mucho más que en Madrid o Andalucía.

¿Cómo puedo reducir el impuesto en Asturias?

Repartir la herencia entre más herederos (cada uno tiene sus propios 300.000 € de reducción), aplicar la reducción de la vivienda habitual (95 % a 99 % de su valor) y, en patrimonios grandes, valorar donaciones en vida con las bonificaciones asturianas. Un asesor fiscal local puede combinar estas vías.

¿Los nietos tienen la misma reducción de 300.000 € en Asturias?

Sí. Los descendientes (hijos y nietos) están en los grupos I y II y tienen la misma reducción, igual que cónyuge y padres.

Plazos y cómo se paga

Hay seis meses desde el fallecimiento para presentar el impuesto (modelo 650), prorrogables otros seis si se pide en los cinco primeros meses. Se liquida en la comunidad donde el fallecido tuvo su residencia habitual más tiempo durante los cinco años anteriores, aunque los herederos vivan en otra o los bienes estén en otra. Si hay inmuebles, además se paga la plusvalía municipal al ayuntamiento. El impuesto se puede aplazar o fraccionar, y si no hay liquidez se puede pagar con bienes de la propia herencia en algunas comunidades.

Cómo se calcula y fuentes

Base imponible menos las reducciones por parentesco de cada comunidad, aplicación de la tarifa estatal y de los coeficientes multiplicadores, y bonificaciones autonómicas en cuota para los grupos I y II.

Fuentes oficiales consultadas:

Cifras revisadas el 6 de octubre de 2026. Si detectas un dato desactualizado, escríbenos y lo corregimos. Consulta nuestra metodología.